Concurso de Acreedores, la realidad contenida que está por venir

Después de la gran crisis del 2008 la terminología mercantil de “concurso de acreedores”, “administrador concursal”, “insolvencia”… no nos son ajenas a la mayoría. Desgraciadamente, tras la pandemia, que todavía asola a todo el mundo, y la crisis económica que se deriva de la misma, de nuevo vuelve a planear, sobre todos, esta cruda realidad concursal.

El legislador, consciente de que el parón económico que ha supuesto la imposición de medidas para frenar la covid-19, ha llevado a la insolvencia, esto es a la falta de recursos para afrontar las necesidades de liquidez a corto plazo, decidió como una de las medidas estrella, la de ampliar el periodo para que el deudor tenga el deber de solicitar el concurso. El Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre ya amplió el plazo hasta el 14 de marzo de 2021, siendo posteriormente extendido hasta el 31 de diciembre de 2021, mediante el Real Decreto Ley 5/2021, de 12 de marzo.

Al igual que en la primera “moratoria concursal” la pregunta es, ¿qué pasará a su finalización? Estas prórrogas al deber de presentar el concurso o la imposibilidad de que los acreedores lo insten (concurso necesario) no resuelve la insolvencia en sí, simplemente alarga la agonía de muchas empresas.

Tenemos que ser conscientes de que las Administraciones Públicas no pueden dar una solución global e integral a la insolvencia que se generará con esta crisis. Las empresas, bien sean personas jurídicas, o físicas, deben aprovechar todos los mecanismos que disponen para sobrellevar su situación de la forma más eficiente.

El concurso de acreedores lejos de ser un problema debe ser visto como una herramienta muy poderosa para afrontar las situaciones de insolvencia que ya se están produciendo. Recordemos que desde que se alce la moratoria para presentar concursos, el artículo 5 del TRLC establece un plazo de “dos meses siguientes a la fecha en que hubiera conocido o debido conocer el estado de insolvencia actual”. Los tiempos en concursal son de vital importancia, porque, en una empresa con problemas económicos, la celeridad en la toma de decisiones ayuda a que no se deterioren los activos o a reducir las pérdidas continuadas.

Algunas de las ventajas de solicitar un concurso de acreedores (denominado “concurso voluntario”) a tiempo son:

  • Suspensión de las ejecuciones en curso.
  • Limitación de la responsabilidad de los administradores si se actúa con diligencia.
  • Proporciona fuerza negociadora con acreedores para intentar llegar a acuerdos que permitan, por ejemplo, un Convenio que ayude a la empresa a solventar su situación concursal y financiera.

También, en el caso de las personas físicas, se cuenta con la posibilidad de solicitar la exoneración del pasivo insatisfecho si se cumplen con los requisitos exigidos, quedándose libres de deudas, aunque todavía tuviera cantidades pendientes con sus acreedores. Sin duda alguna, este mecanismo que introdujo la Ley 25/2015, de 28 de julio, puede ayudar a las personas a revertir totalmente su situación de insolvencia.

En definitiva, estamos ante una situación de total incertidumbre en lo sanitario y en lo económico, y las empresas o personas físicas no pueden esperar moratoria tras moratoria a ver como avanza la situación. Ante una insolvencia actual o inminente lo mejor es ponerse en manos de especialistas en la materia que parametricen cada momento de la actividad económica de la empresa; y, si es necesario, planifiquen la solicitud de concurso como una de las medidas que más ayudarán a la supervivencia de esta. No prever un posible concurso y cómo actuar ante las dificultades económicas, es el gran error que se comete por los empresarios. En muchas ocasiones cuando se quiere revertir suele ser demasiado tarde y por esa razón muchas empresas acaban en liquidación y no con un convenio que finalice con acuerdo el procedimiento de concurso de acreedores.

Valoración de la situación actual, proyección de como irá en el aspecto económico la empresa en el corto-medio plazo y planificación sobre esta información, son las claves para poder afrontar con solvencia la inminencia de un concurso.